Sucre, miércoles 04 de diciembre de 2024

TRANSPORTE


  • Descripción

    Los denunciantes (usuarios) pondran llenar el formulario de reclamación y/o presentar denuncia cuando resulten afectados por faltas de parte de los operadores, choferes u otros servidores de transporte público interprovincial.

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  • Descripción

    La Tarjeta de Operación es el documento que autoriza a todo operador de transporte público interprovincial para prestar el servicio de transporte en el departamento de Chuquisaca. Los operadores nuevos podrán obtener las tarjetas de operación previo estudio de viabilidad que establezca la necesidad del servicio en el área solicita. Procedimiento 1.- La operadora de transporta presenta todos los requisitos en ventanilla única. 2.- La ventanilla única remite la documental a dependencias de la Jefatura de Transporte Interprovincial. 3.- Los técnicos revisan todos los requisitos, conforme a las rutas solicitadas se emite un informe con el que se le da respuesta al solicitante.

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  • Descripción

    La Tarjeta de Operación tiene vigencia de un (1) año calendario y la renovación debe realizarse veinte (20) días antes de su vencimiento. Procedimiento 1.- La operadora de transporta presenta todos los requisitos en ventanilla única. 2.- La ventanilla única remite la documental a dependencias de la Jefatura de Transporte Interprovincial. 3.- El técnico revisa todos los requisitos técnicos presentados, en caso de existir observaciones se emite un informe preliminar consignando todo lo observado; si no existe observación, se realiza la revisión de condiciones técnicas de todo el parque automotor y posteriormente se emite el Informe Técnico. 4.- El informe técnico es remitido al técnico jurídico quien emite el informe jurídico, subsiguientemente se remite a Secretaria General de Coordinación para la emisión de la Resolución Administrativa Secretarial que autoriza la renovación y otorgación de tarjetas de operación. 5.- La Jefatura de Transporte Interprovincial hace la entrega de las tarjetas de operación y la Resolución Administrativa Secretarial. La Tarjeta de Operación tiene vigencia de un (1) año calendario y la renovación debe realizarse veinte (20) días antes de su vencimiento.

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